Los deberes y derechos de Maple se derivan de lo establecido en la Ley Estatutaria 1751 de 2015, la cual regula el derecho a la salud. En su Artículo 10, esta ley define los deberes y derechos, los cuales se complementan con lo dispuesto en la Resolución 229 de 2020, específicamente en el capítulo referente al derecho fundamental a morir dignamente. No obstante, dichos deberes y derechos se ajustan a las particularidades de la prestación de servicios de MAPLE RESPIRATORY IPS, los cuales contienen los siguientes ajustes en su publicación.

Como paciente tiene derecho a:

  1. Ser orientados e informados de las políticas administrativas de su institución prestadora de salud Maple Respiratory Colombia para la prestación de su servicio.
  2. El respeto de su personalidad, dignidad humana e intimidad sin que sea discriminado por razones de tipo racial, social económica, religioso o política.
  3. La confidencialidad de toda información registrada en su historia clínica, diagnóstico y tratamiento, salvo por la exigencia legales que lo hagan imprescindible.
  4. Recibir información completa, continua de todo lo relativo a su enfermedad, incluyendo diagnóstico, alternativas del tratamiento, riesgos y pronósticos que será facilitada en un lenguaje comprensible. En caso de que el paciente tenga algún tipo de déficit cognitivo para recibir la información, esta deberá proporcionarse a los familiares o personas legalmente responsables.
  5. A la libre decisión entre diferentes opciones que le presente el médico tratante o terapeuta, siendo preciso su consentimiento expreso previo a cualquier actuación, excepto en los siguientes casos:
  6. Cuando el tratamiento sea una urgencia o no permita demoras.
  7. Cuando él no seguir el tratamiento suponga un riesgo para la salud pública.
  8. Cuando no este capacitado para tomar decisiones, en cuyo caso el derecho corresponderá a sus familiares y/o persona legalmente responsable.
  9. A negarse al tratamiento excepto las circunstancias escritas en el punto anterior solicitando su salida voluntaria.
  10. A que le asignen un terapeuta cuyo nombre debe conocer y que sea un interlocutor válido con el equipo asistencial, en caso de ausencia y/o inconformidad otro terapeuta del equipo asumirá la atención.
  11. A que historia clínica este todo el proceso de su enfermedad y quede consignado según la normatividad vigente.
  12. A que no se realicen investigaciones, experimentos o ensayos clínicos, sin una información clara o precisa de los métodos, riesgos y fines. Sera imprescindible la autorización por escrito del paciente (consentimiento informado).
  13. Al correcto funcionamiento de los servicios asistenciales y condiciones adecuadas de higiene, seguridad y respeto a su intimidad e integridad.
  14. A conocer los mecanismos formales para presentar sugerencias, quejas o reclamos y a recibir una respuesta por escrito a través de las vías para comunicarse con la administración de Maple Respiratory Colombia.
  15. A que Maple Respiratory Colombia proporcione una asistencia correcta con personal calificado, un aprovechamiento máximo de los profesionales disponibles, una asistencia con los mínimos riesgos dolores y molestias psíquicas y físicas enfocado en los servicios prestados por Maple Respiratory Colombia.
  16. Morir con dignidad y a que se le respete su voluntad de permitir que el proceso de la muerte siga su curso natural en la fase terminal de la enfermedad.

Como paciente tiene el deber de:

    1. Conocer políticas administrativas de su institución prestadora de salud Maple Respiratory Colombia, para la prestación de los servicios.
    2. Precisar antes de asistir a la prestación de servicios de salud que todos los tramites, requerimientos, autorizaciones y vigencias necesarias, según la entidad a la que se encuentra afiliado estén en orden para que Maple Respiratory le pueda prestar el servicio a satisfacción.
    3. Colaborar con el cumplimiento de las normas, requerimientos e instrucciones administrativas establecidas por las autoridades de salud de Maple Respiratory Colombia.
    4. Solicitar información necesaria que se requiera sobre las normas y funcionamiento para la prestación del servicio de salud en Maple Respiratory Colombia.
    5. Responsabilizarse de los tratamientos (transcripción de tratamientos, autorización de procedimientos, consultas e incapacidad y/o indicación brindada por el terapeuta o especialista) ante Maple Respiratory Colombia.
    6. Tratar con el máximo respeto a todo el personal de Maple Respiratory Colombia a los demás pacientes y a los acompañantes.
    7. Conocer los canales de comunicación e información de Maple Respiratory Colombia, a través de la coordinación de atención al usuario, sobre preguntas, sugerencias reclamaciones y quejas relacionadas con la prestación de sus servicios.
    8. Firmar su historia clínica en caso de no aceptación, al método de tratamiento sugerido por el medicó tratante.
    9. Velar por la confidencialidad de su historia clínica en cumplimiento de la resolución 1995/1999 (custodia conservación de la historia clínica).

     

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